3/7/08

Cubillo manda una carta a la ONU en demanda de la Descolonización de Canarias


El que fuera en su día el secretario general del MPAIAC, Antonio Cubillo, ha remitido recientemente una carta a Naciones Unidas en la que solicita que se proceda a "la descolonización del archipiélago antes del año 2010". En el documento, el antiguo líder independentista recuerda que en 1970 entregó una carta de características similares, y asegura que en el país existe "un gobierno autonómico fantoche, puesto por España, pero que no representa al pueblo canario y está constituido por partidos políticos españoles, como el PP y el PSOE, así como por un partido denominado Coalición Canaria, que se dice nacionalista pero que está a las órdenes de Madrid". La carta remitida al Comité de Descolonización de la ONU indica que "como consta en todos los expedientes de descolonización llevados a cabo, en las colonias sólo se puede aplicar el ius sanguinis y el ius solis, hecho que en el Anteproyecto de Constitución Republicana Federal admitimos, y los gobiernos españoles quieren aplicar el ius residentia para dejarnos en minoría, por lo que hay que desconfiar de las cifras aportadas por el Ejecutivo colonial, al hablar del pueblo canario".
Les dejamos un analisis de Octavio Hernández, extraído del foro de Azarug ( http://www.azarug.org/debate/viewthread.php?tid=7580 ) sobre lo que puede ocurrir con este tema:
Esta iniciativa de Antonio Cubillo hay que analizarla en los términos y antecendentes de Naciones Unidas, que se mencionan parcialmente en la carta. Por una parte, el MPAIAC es un movimiento de liberación que cuenta con antecedentes de reconocimiento oficial a instancias de la OUA, si bien posteriormente se le denegó apoyo por influencia española sobre los gobiernos africanos. Así mismo, la situación colonial de Canarias fue primero reconocida y posteriormente deslegitimada mediante la diplomacia y los fondos reservados metropolitanos. El cuadro de ese giro se completa con el atentado a Cubillo en Argel, que impide de hecho iniciar el expediente de manera oficial en el Comité de los 24. Al no iniciarse, la situación legal en Naciones Unidas es la que remite a la no inclusión del archipiélago en la lista de los territorios no autónomos, por tanto, no cuenta con reconocimiento oficial de su estatus colonial.
Los antecedentes que menciona Cubillo se limitan, así, a los éxitos diplomáticos del MPAIAC, pero eluden lo determinante: el fracaso final de esa estrategia y el triunfo de la diplomacia española en la segunda mitad de los años 70 y primeros 80.
¿Cuál puede ser el resultado de esta carta remitida a Nueva York?
En principio, el protagonismo de Cubillo y el MPAIAC será discutido, ya que el CNC nunca obtuvo representación institucional destacable. Cubillo no remite su carta como diputado, consejero ni siquiera concejal. La defensa de la posición española intentará, en primera instancia, que Naciones Unidas no responda por escrito a la carta. Debemos entender que el solo hecho de una respuesta escrita socavaría los intereses de España, dada la situación, porque Cubillo la utilizaría para continuar su propaganda. Por otra parte, en el caso de que Cubillo escribiera la carta siendo diputado, la posición española plantearía que no cabe reconocimiento de estatus colonial puesto que el proponente ha sido elegido democráticamente en un proceso de "autodeterminación interna". España tiene margen de maniobra en cualquier caso.
Es interesante destacar que, en caso de respuesta escrita, Naciones Unidas va a rechazar con toda probabilidad la pretensión de Cubillo de abrir el expediente. Al igual que ocurrió en el caso de Islas Feroe, donde un diputado remitió una carta similar, Naciones Unidas derivará el conflicto al derecho interno español, pues España es un estado miembro y cuenta con las acreditaciones democráticas requeridas por Naciones Unidas para adoptar una postura de no injerencia ni desestabilización. Por otra parte, el caso presentado por Cubillo a partir de los antecedentes del MPAIAC diferencia Canarias de Islas Feroe. Es fundamental que el MPAIAC fuera reconocido como movimiento de liberación nacional, pues en el derecho de descolonización se diferencia entre "población" y "pueblo" precisamente en función de que exista una demanda de independencia y un movimiento que la respalde. Ello unido a que dicho pueblo -cuya definición legal parte del hecho político de contar con un movimiento reconocido que demande la independencia- se encuentre separado geográficamente y sea distinto étnica y/o culturalmente (Resolución 1541). Si bien, la voluntad expresada a través de un movimiento de liberación tiene más fuerza legal que la etnicidad: el movimiento "crea" a efectos legales al "pueblo" independientemente de la composición étnica del mismo, aunque si además existe un marcado rasgo de identidad étnica y cultural eso refuerza la consideración legal del caso como "pueblo indígena" con derecho a ejercer su "autodeterminación externa" con secesión, frente al concepto de "población autóctona" con derecho a ejercer "autodeterminación interna" sin separarse del estado. Sin embargo, una población autóctona también se convierte en un pueblo indígena cuando toma conciencia de las desventajas o injusticias de la colonización y fruto de la misma surge un movimiento popular de emancipación.
En estos términos, la posición de Cubillo cuenta con antecedentes, y la Resolución 3280 le daría derecho al MPAIAC a participar en los procedimientos de Naciones Unidas en calidad de "observador". Pero una verificación de las afirmaciones de la carta podría resultar en la no consideración de la solicitud. De nuevo, debemos entender que la posición española será de que no haya ninguna respuesta, y por tanto, tampoco ninguna verificación, proceso que permitiría a Cubillo hacer propaganda de la descolonización.
Políticamente, España realizará discretos movimientos para que el asunto se cierre en falso sin ninguna respuesta, porque si Naciones Unidas respondiera por escrito tiene trascendencia tanto legal como política, más allá de que nos parezcan mejor o peor algunas cosas que Cubillo escribe en su carta. En este sentido cabe otra consideración. El reconocimiento de un estatus colonial da fuerza legal a la descolonización, teniendo como paso previo necesario el reconocimiento como "territorio no autónomo" que legalmente da al mismo un estatus distinto y separado del estado metropolitano o potencia administradora.
Desde el I Congreso del MLNC, he considerado que el logro de un reconocimiento oficial de este estatus colonial, no autónomo, distinto y separado es el objetivo central de la estrategia de descolonización. También he considerado que la existencia del marco constitucional de 1978 conducirá a Naciones Unidas a remitir al derecho interno español el conflicto, pues el derecho internacional también ha de proteger la integridad estatal española. Finalmente, el resultado de ese reconocimiento tendría que permitir el ejercicio de la autodeterminación ofreciendo al pueblo canario la triple opción de elegir entre independencia, libre asociación o integración (Estatuto de Autonomía), sin menoscabo de los principios constitucionales, ya que el mero reconocimiento del estatus colonial en España supondría otorgar una condición a Canarias distinta y separada de las comunidades autónomas peninsulares. Ahora bien, cabe recordar que en el caso del Sahara Occidental, España, a pesar de seguir siendo legalmente la potencia administradora, no sólo ha hecho dejación de su responsabilidad internacional, sino además ha empleado delegados canarios para participar en los procedimientos en Nueva York con el fin indirecto de blindar todavía más la españolidad de Canarias. Que diputados canarios vayan a Naciones Unidas en calidad de diputados autóctonos españoles de las islas a pronunciarse sobre el estatus colonial del Sahara es un dato relevante que no puede pasar desapercibido al organismo internacional.
De cualquier forma, mi valoración de esta iniciativa parte del natural escepticismo hacia una propuesta unilateral de Cubillo, pero me parece positiva porque puede tener un resultado que verifique el planteamiento de la estrategia del I Congreso del MLNC. Sólo puede contribuir a aclarar la situación y, por tanto, merece, a mi juicio, el beneficio de la duda.
Articulos relacionados: